Dentro de una página web, la norma común es fijarse en las cookies cuando nos tapan algo del contenido que verdaderamente queremos leer, pero para las empresas que utilizan las cookies, éstas son un elemento muy valioso, y esto ha dado lugar a muchas disputas judiciales.

Este pasado 1 de octubre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha establecido el criterio que debe seguirse para interpretar en qué condiciones pueden ser colocadas las cookies. Para ello, primero vamos a recoger qué son las cookies. En la propia sentencia se recoge la definición indicando que son “ficheros que el proveedor de un sitio de Internet coloca en el ordenador de los usuarios de dicho sitio y a los que puede acceder nuevamente, cuando estos vuelven a visitar el sitio, con el fin de facilitar la navegación en Internet o las transacciones o de obtener información sobre el comportamiento de dichos usuarios”.
Como bien sabemos debido al revuelo ocasionado por la plena aplicación del RGPD, determinadas acciones (o tratamientos, siguiendo el concepto propio de la materia) necesitan un consentimiento previo, “libre, específico, informado e inequívoco” por parte del usuario. Un punto que era objeto de debate, acerca de si era necesario el consentimiento, con todas las características que se requieren, era el de las cookies.
El TJUE ha terminado con esta discusión señalando que no se puede “premarcar el consentimiento” para que se coloquen las cookies, ni tampoco meramente informar. Es necesario un comportamiento activo por parte del usuario.
Este pronunciamiento pretende proteger al usuario de injerencias en su esfera privada, independientemente que afecte a datos personales o de otro tipo, precisando que el consentimiento debe ser otorgado con pleno conocimiento de causa, a través de una información clara y completa que permita determinar las condiciones del mismo. Por lo tanto, son infinidad de páginas web las que tendrán que ser modificadas (incluida la de este despacho) si no queremos incumplir con la normativa reguladora de la protección de datos personales.





